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Prioro


PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA DE PARCELAS MEDIANTE CONCURSO PUBLICO PDF Imprimir E-Mail
escrito por Ayuntamiento   
jueves, 17 de noviembre de 2011

A) OBJETO DEL CONCURSO. PRIMERA: 

-  El objeto de este Pliego consistirá en la adjudicación, mediante Concurso Público, de las Parcelas Urbanas de propiedad Municipal Nº 20, Nº 23.1 y Nº 23.2 del Inventario de Bienes, y  Nº 45 de la U. A. del Cotorro, cuya superficie, linderos, línea de edificación y demás datos urbanísticos, figuran las Fichas incluidas en el Expediente.

-   Debe tenerse en cuenta que la Parcela Nº 20 tiene una configuración y una superficie levemente diferentes a las que figuran en el Catastro.

-   Se impone la exigencia de retranquear la edificación que se realice en la Parcela Nº 23.1 un mínimo de 3 metros en su lindero Sur, a fin de no afectar a la ventana existente en la construcción contigua ubicada en la Parcela Catastral Nº 9810901.

-     Se impone también la exigencia de adosar las construcciones que se realicen en las Parcelas Nº 23.1 y 23.2.  El Ayuntamiento autorizará a los compradores de ambas parcelas a construir por su cuenta un acceso rodado por la fachada Oeste, desde la Calle Ctra. Pedrosa.

 B) CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN DE LOS LICITADORES. SEGUNDA: 

Podrán tomar parte en el Concurso que se convoca para la venta de las Parcelas indicadas, todas las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar y no se hallen comprendidas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas por la Legislación sobre Contratos de las Administraciones Públicas.   

C) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION DEL CONCURSO PÚBLICO. TERCERA: 

La adjudicación de las Parcelas se llevará a cabo mediante Concurso por procedimiento abierto y tramitación ordinaria,  en dos Fases: 

FASE A.- ADMISIÓN AL CONCURSO.-  Los Licitadores deben presentar en el Ayuntamiento, como fecha tope el 7-12-2011, el escrito de SOLICITUD DE ADMISION AL CONCURSO  conforme al  MODELO que se reproduce posteriormente

 FASE B.- CONCRECIÓN DEL PRECIO DE LA ADJUDICACIÓN POR EL SISTEMA DE PUJAS A LA LLANA, será necesario haber sido admitido por el Ayuntamiento, que lo hará si se han asumido los compromisos, y se ha depositado la fianza que se especifican en el Modelo de Solicitud de Admisión.

 D) CONCRECION DEL PRECIO A TRAVES DEL SISTEMA DE PUJAS A LA LLANA. 

- La concreción del precio a través del sistema de pujas a la llana tendrá lugar en la Casa Consistorial de Prioro el día 10 de Diciembre, a partir de las 12 horas.

 - La Mesa que presidirá el acto estará constituida por: El Alcalde del Ayuntamiento o persona en quien delegue, 3 Vocales, en representación de cada uno de los Grupos Políticos que integran la Corporación Municipal, y el Secretario del Ayuntamiento o persona en quien delegue.

 - Constituida la Mesa, se procederá por el siguiente orden:

1º.- Se dará lectura al Acta de Calificación de la documentación presentada en la FASE A por los Licitadores que hayan optado al presente concurso, y a la correspondiente Lista de Admitidos

2º.-  Acto seguido se procederá a establecer el precio de adjudicación de cada una de las Parcelas por el sistema de pujas a la llana, que partirán de los siguientes TIPOS DE LICITACION mínimos:

1.- Parcela Nº 20, 18.800 Euros;

2.- Parcela Nº 23.1, 13.500 Euros;

3.- Parcela Nº 23.2, 13.500 Euros;

 4.- Parcela Nº 45, 24.500 Euros.

3º.- La cantidad mínima que cada licitador puede ofrecer sobre la entrada u oferta anterior, es de 100 Euros.

4º.- El Secretario de la Mesa levantará por cada Parcela el Acta de Licitación, en la que recogerá los datos personales de quienes hayan efectuado la oferta del precio de remate. También se recogerán en el Acta los datos de quienes hayan efectuado las ofertas inmediatamente anteriores cuya diferencia con las ofertas de remate no sea superior a los 300 Euros. 

- La propuesta de adjudicación provisional de cada una de las Parcelas será formulada por la Mesa en reunión a celebrar inmediatamente después de terminado el acto anterior, notificándose dicha propuesta a quienes hayan resultado adjudicatarios provisionales. Se dará también cuenta de la adjudicación a quienes hayan efectuado ofertas que no sean inferiores a la anterior en 300 Euros. Estos últimos licitadores, por el orden decreciente de sus ofertas, tendrán derecho a la adjudicación provisional si el primero no realiza en tiempo y forma las gestiones que se indican en la cláusula siguiente: 

- En el plazo de 7 días hábiles, el adjudicatario deberá constituir fianza definitiva que (sumada en su caso a la provisional) ascienda al 6% del precio de adjudicación. De no realizar este trámite, se entenderá que renuncia a la adjudicación y a la fianza provisionales. En este caso la adjudicación provisional pasa a quien haya efectuado la oferta inmediatamente anterior, que será requerido para depositar la fianza en el mismo plazo de 7 días, y con las mismas consecuencias para el caso  de incumplimiento, y así sucesivamente. 

- Dentro del mes siguiente a la constitución de la fianza definitiva, se procederá al otorgamiento de Contrato Administrativo de Compraventa (momento en el debe ser abonado íntegramente el precio de remate), y, posteriormente, a la tramitación del Expediente que permita el otorgamiento de Escritura Pública y la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad y en el Catastro de Fincas Urbanas. 

- Los gastos de Escritura Pública e inscripción en el Registro de la Propiedad, así como los de carácter fiscal que se deriven de la adjudicación de las Parcelas, serán de cuenta de los adjudicatarios. 

- Para lo no previsto en el presente Pliego, se estará a las siguientes Normas:

a) Respecto de las obligaciones urbanísticas se estará a lo que determinan tanto la Ley 5/1.999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el Decreto 22/2.004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, como las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico de Prioro.

b) Respecto de la contratación (a la que se otorgará carácter administrativo), se estará a lo que dispone el R. D. L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y demás disposiciones aplicables.

 DILIGENCIA.- El presente Pliego de condiciones ha sido aprobado por el Pleno de la Corporación Municipal de Prioro, en sesión del 26 de Octubre del 2.011. 

 

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