| PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA VENTA DE PARCELAS MEDIANTE CONCURSO PUBLICO |
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| escrito por Ayuntamiento | |
| jueves, 17 de noviembre de 2011 | |
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A) OBJETO DEL CONCURSO. PRIMERA: - El objeto de este Pliego consistirá en la adjudicación, mediante Concurso Público, de las Parcelas Urbanas de propiedad Municipal Nº 20, Nº 23.1 y Nº 23.2 del Inventario de Bienes, y Nº 45 de la U. A. del Cotorro, cuya superficie, linderos, línea de edificación y demás datos urbanísticos, figuran las Fichas incluidas en el Expediente. - Debe tenerse en cuenta que la Parcela Nº 20 tiene una configuración y una superficie levemente diferentes a las que figuran en el Catastro. - Se impone la exigencia de retranquear la edificación que se realice en la Parcela Nº 23.1 un mínimo de 3 metros en su lindero Sur, a fin de no afectar a la ventana existente en la construcción contigua ubicada en la Parcela Catastral Nº 9810901. - Se impone también la exigencia de adosar las construcciones que se realicen en las Parcelas Nº 23.1 y 23.2. El Ayuntamiento autorizará a los compradores de ambas parcelas a construir por su cuenta un acceso rodado por la fachada Oeste, desde la Calle Ctra. Pedrosa. B) CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN DE LOS LICITADORES. SEGUNDA: Podrán tomar parte en el Concurso que se convoca para la venta de las Parcelas indicadas, todas las personas físicas o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar y no se hallen comprendidas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas por la Legislación sobre Contratos de las Administraciones Públicas. C) PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION DEL CONCURSO PÚBLICO. TERCERA: La adjudicación de las Parcelas se llevará a cabo mediante Concurso por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, en dos Fases:
D) CONCRECION DEL PRECIO A TRAVES DEL SISTEMA DE PUJAS A LA LLANA. - La concreción del precio a través del sistema de pujas a la llana tendrá lugar en la Casa Consistorial de Prioro el día 10 de Diciembre, a partir de las 12 horas. - La Mesa que presidirá el acto estará constituida por: El Alcalde del Ayuntamiento o persona en quien delegue, 3 Vocales, en representación de cada uno de los Grupos Políticos que integran la Corporación Municipal, y el Secretario del Ayuntamiento o persona en quien delegue. - Constituida la Mesa, se procederá por el siguiente orden:
- La propuesta de adjudicación provisional de cada una de las Parcelas será formulada por la Mesa en reunión a celebrar inmediatamente después de terminado el acto anterior, notificándose dicha propuesta a quienes hayan resultado adjudicatarios provisionales. Se dará también cuenta de la adjudicación a quienes hayan efectuado ofertas que no sean inferiores a la anterior en 300 Euros. Estos últimos licitadores, por el orden decreciente de sus ofertas, tendrán derecho a la adjudicación provisional si el primero no realiza en tiempo y forma las gestiones que se indican en la cláusula siguiente: - En el plazo de 7 días hábiles, el adjudicatario deberá constituir fianza definitiva que (sumada en su caso a la provisional) ascienda al 6% del precio de adjudicación. De no realizar este trámite, se entenderá que renuncia a la adjudicación y a la fianza provisionales. En este caso la adjudicación provisional pasa a quien haya efectuado la oferta inmediatamente anterior, que será requerido para depositar la fianza en el mismo plazo de 7 días, y con las mismas consecuencias para el caso de incumplimiento, y así sucesivamente. - Dentro del mes siguiente a la constitución de la fianza definitiva, se procederá al otorgamiento de Contrato Administrativo de Compraventa (momento en el debe ser abonado íntegramente el precio de remate), y, posteriormente, a la tramitación del Expediente que permita el otorgamiento de Escritura Pública y la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad y en el Catastro de Fincas Urbanas. - Los gastos de Escritura Pública e inscripción en el Registro de la Propiedad, así como los de carácter fiscal que se deriven de la adjudicación de las Parcelas, serán de cuenta de los adjudicatarios. - Para lo no previsto en el presente Pliego, se estará a las siguientes Normas:
DILIGENCIA.- El presente Pliego de condiciones ha sido aprobado por el Pleno de la Corporación Municipal de Prioro, en sesión del 26 de Octubre del 2.011. |
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